CRUDO: WTI 84,19 - BRENT 87,29   |   DIVISAS: DOLAR 892,00 - EURO: 977,00 - REAL: 180,20   |   MINERALES: ORO 2.361,45 - PLATA: 27,73 - COBRE: 445,00


Vaca Muerta: una concesión de Sergio Massa podría significar una salida de dólares

31/01/2023 | HIDROCARBUROS | Actualidad | 892 lecturas | 58 Votos



El Ejecutivo avaló un mecanismo que le permite a petroleras reclamarle al Estado pagos desde 2018. Se trata de una resolución que se desprende del decreto 929/2013, conocido en la industria como Chevron.




El gobierno nacional estableció los requisitos y condiciones que las petroleras de Vaca Muerta deberán cumplir para acceder a los beneficios del viejo decreto Chevron (929/2013) que permite exportar un porcentaje de producción, sin retenciones y con libre acceso a divisas. 

Sin embargo, incluyó un ambiguo artículo que podría significar una salida de dólares para el país.   A través de la Resolución 26/2023, recientemente publicada en el Boletín Oficial, Nación aprobó el procedimiento que las empresas deberán cumplimentar para acceder a los beneficios del decreto fundacional de Vaca Muerta, 929/2013: per mite exportar el 20% de la producción de gas y petróleo con una alícuota del 0% de retenciones y con libre acceso a las divisas generadas (ver detalles adelante).  Hay solo dos proyectos que gozan de este beneficio en Vaca Muerta y son operados por YPF, Loma Campana (Chevron) y La Amarga Chica (Petronas) . 

Fueron aprobados a partir de septiembre y noviembre del año pasado , respectivamente, y sin retroactivo, pese a que habían cumplido con los requisitos del decreto hacía cuatro años.  Precisamente la nueva resolución del gobierno incluyó la figura de retroactivo, que no estaba en los permisos que se aplicaron para Loma Campana y La Amarga Chica. 

Es parte de lo que negoció el ministro de Economía, Sergio Massa, en la gira que realizó por Houston el año pasado con el objetivo de atraer nuevas inversiones.  «Disposición del 20% de producción: aquellos beneficiarios que cuenten con proyectos aprobados al momento del dictado de la resolución que aprueba el presente Anexo, podrán incluir el 20% de la producción que se haya acumulado , a partir del tercer o quinto año según corresponda, contado desde la puesta en ejecución de sus respectivos proyectos y hasta el periodo mensual anterior al de la solicitud del beneficio», dice el artículo 4.2.1 del Anexo I, de la Resolución 26/2023. (...)

Fuente: Diario Río Negro

893 lecturas | Ver más notas de la sección Actualidad


NOTICIAS MÁS LEÍDAS de Actualidad