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Por la prohibici贸n de minas a cielo abierto

09/04/2010 | ARGENTINA | Miner铆a | 978 lecturas | 258 Votos



El Poder Ejecutivo present贸 un proyecto de ley para prohibir la explotaci贸n de minerales metal铆feros con la modalidad a cielo abierto y la utilizaci贸n de determinadas sustancias contaminantes en la actividad minera.




En sinton铆a con lo dispuesto en 7 provincias argentinas, el Poder Ejecutivo present贸 ante la Legislatura un proyecto de ley para prohibir en Tierra del Fuego "la explotaci贸n de minerales metal铆feros con la modalidad a cielo abierto" y el uso, en principio, de 谩cido clorh铆drico, fluorh铆drico, n铆trico y sulf煤rico, amonio, bromuro de sodio, carbonato, cianuro, cianuro de sodio, mercurio y yoduro de sodio en los procesos de cateo, prospecci贸n, exploraci贸n, explotaci贸n o industrializaci贸n de recursos minerales metal铆feros, cualquiera sea el m茅todo extractivo utilizado. En el mencionado proyecto se indica que la ley que se impulsa "tiene por objeto cumplimentar con los principios ambientales preventivo, precautorio y de equidad intergeneracional establecidos en la ley nacional 25.675".


"Asimismo, se busca cumplir el principio de desarrollo sostenible establecido en la ley provincial 55", haciendo especial hincapi茅 en los principios de garant铆a del uso racional y sustentable de los recursos naturales, protecci贸n de los recursos h铆dricos, conservaci贸n de la diversidad biol贸gica y la minimizaci贸n del riesgo ambiental, entre otros. Afortunadamente, todav铆a no hay en la provincia procesos en marca de explotaci贸n de minerales metal铆feros 鈥揷obre, hierro, aluminio, manganeso, plomo, zinc, oro, plata, platino o litio鈥, por lo que el debate sobre esta cuesti贸n resulta m谩s que oportuno, ya que permitir铆a establecer un marco de protecci贸n ambiental previo al desarrollo de la actividad, a la vez que garantiza que el debate parlamentario no se vea atravesados por ning煤n tipo de inter茅s sectorial ni afecte inter茅s econ贸mico alguno.


ORO POR BARATIJAS: UNA ACTIVIDAD CON MUCHOS BENEFICIOS鈥 PERO S脫LO PARA ALGUNOS


Por dem谩s interesante resulta la informaci贸n que aporte el Ejecutivo, al momento de dar fundamento a esta iniciativa, sobre la actividad minera en Argentina. Se se帽ala que, desde el aspecto fiscal, "se observa que las empresas mineras cuentan, entre otras ventajas, con estabilidad fiscal por treinta a帽os, lo que implica que no podr谩n ver afectada su carga tributaria o arancelaria, ni disminuir sus beneficios, ni ver modificado su r茅gimen cambiario, pudiendo, adem谩s, deducir del c谩lculo del impuesto a las ganancias el 100% del monto invertido en determinar la factibilidad de un proyecto que incluye las actividades de prospecci贸n, exploraci贸n, estudios especiales, plantas piloto e investigaci贸n.


Asimismo, las inversiones en infraestructura tambi茅n pueden ser amortizadas del impuesto a las ganancias, y en virtud de la Ley 24.228 sobre Acuerdo Federal Minero, las provincias y el Estado Nacional acordaron eliminar todo gravamen y tasa municipal e impuesto a los sellos. Adem谩s, las empresas est谩n exentas de aranceles y tasas aduaneras, por lo que no pagan derechos de importaci贸n o de todo otro gravamen, derecho o tasa de estad铆stica por la importaci贸n de bienes de capital, equipos o insumos. Tambi茅n est谩n exentas del impuesto al cheque y a los combustibles, se encuentran especialmente favorecidas por la exenci贸n de retenciones a las exportaciones y por el trato diferencial a sus ganancias, ya que pueden transferir al exterior el capital y las ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias, sin tener que liquidar las divisas ni ingresar al pa铆s el 100% de lo producido por sus exportaciones".


Todo aquello, 煤nicamente, a cambio de pagar "regal铆as de un m谩ximo del 3% en boca de mina" y de la generaci贸n de puestos de trabajo. Beneficios 茅stos que, al decir de las autoridades fueguinas, representan "montos muy escasos respecto al valor de nuestros recursos", lo que refleja que la Argentina "prefiere una sobre - explotaci贸n r谩pida de sus recursos con una muy baja presi贸n impositiva, al desarrollo de una industria local de vanguardia a nivel regional o incluso mundial". En cuanto la modalidad extractiva que se busca prohibir en la jurisdicci贸n provincial, se sostiene que funciona en el pa铆s "con un contacto econ贸mico m铆nimo con su entorno", por cuanto la legislaci贸n vigente posibilita que "la extracci贸n de metales del subsuelo no se inserte dentro de una cadena productiva amplia e integrada econ贸micamente鈥.


鈥淓jemplo de esto es que los proyectos de minas a cielo abierto no prev茅n el proceso de los minerales en el pa铆s". Como contrapartida a los beneficios fiscales con que cuenta la minera, se alerta que la actividad ocasiona la destrucci贸n irreversible de ambientes nativos en el 谩rea de la explotaci贸n y afectaci贸n de ambientes naturales aleda帽os, incluyendo la superposici贸n de 谩reas protegidas con las de explotaci贸n.


Genera, adem谩s, "graves modificaciones geomorfol贸gicas, distorsi贸n de cuencas h铆dricas superficiales y subterr谩neas, merma en la regularidad h铆drica y en la cantidad de agua disponible por a帽o y por estaci贸n, contaminaci贸n del aire con part铆culas y gases, incluyendo sustancias particuladas t贸xicas que pueden viajar grandes distancias, contaminaci贸n rutinaria y accidental del agua superficial y subterr谩nea, del suelo y de la biota con residuos peligrosos, contaminaci贸n por drenajes 谩cidos, peligro de accidentes durante el transporte de sustancias peligrosas y por derrames en el 谩rea de explotaci贸n, generaci贸n de dep贸sitos de residuos peligrosos, especialmente los diques de relave y diques de cola que permanecen por cientos de a帽os en zonas no suficientemente estudiadas y la destrucci贸n irremediable del paisaje y de la percepci贸n ambiental del sitio afectado".


A esto se suma, obviamente, el impacto a la salud de las poblaciones cercanas a los emprendimientos mineros a cielo abierto. Se indica entre 茅stos la "intoxicaci贸n por metales pesados, enfermedades respiratorias e intoxicaci贸n por plomo y mercurio", y se precisa que generalmente son "m谩s graves debido a la escala y el uso intensivo de productos qu铆micos y t贸xicos en relaci贸n a la miner铆a tradicional".

Fuente: El Diario del Fin del Mundo

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