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El Gobierno congeló precios de naftas por tiempo indeterminado

19/08/2010 | ARGENTINA | Actualidad | 479 lecturas | 349 Votos



Por la Resolución 295 de la Secretaría de Comercio Interior, el precio de los combustibles “deberá ser el vigente al 31 de julioâ€.




La decisión va más allá de lo que se esperaba: no sólo obliga a retrotraer los precios a petroleras y expendedores a esa fecha, sino que, además, implica un virtual congelamiento en los valores actuales para todas las compañías, porque no incluye plazos ni metodología para aplicar ajustes en el futuro. La norma publicada ayer en el Boletín Oficial apunta en primer lugar a la petrolera Shell, la única que subió los precios después del 31 de julio, y a las estaciones de servicio propias de esa empresa o de terceros que hayan ajustado sus márgenes. A partir de hoy, cuando la resolución entra en vigencia, se verá si Shell retrotrae los precios o si espera a que los inspectores de Comercio Interior le labren actas, para después cuestionar la resolución en la Justicia.


Pero la 295 abre un escenario que va mucho más allá de una eventual rebaja de cuatro a siete centavos en las estaciones de Shell, al fijar que los precios de los combustibles deberán ser los vigentes al 31 de julio y que están obligados a eso todos los integrantes de la cadena de comercialización, intermediación, distribución y producción. Sin embargo, la norma deja afuera a los productores de petróleo, con lo cual si éstos buscan seguir recomponiendo sus precios, las refinerías no integradas que no cuentan con petróleo propio -Shell y Esso- deberían absorber los mayores costos con los márgenes actuales. Los expertos creen que si se mantuviera la actual correlación de precios entre el valor interno del crudo y los precios de los combustibles al público, la situación estaría “razonablemente equilibradaâ€.


Pero estaba pendiente una recomposición del precio del petróleo hasta fin de año, que probablemente dará lugar a nuevos forcejeos entre productoras y refinadoras no integradas. Ese relativo equilibrio en la foto actual explicaría, entre otras cosas, que YPF, que procesa su propio petróleo, evitara ayer realizar comentarios sobre la resolución. La norma abre, además, un interrogante sobre el precio del biodiesel debido a que la mezcla de éste con gasoil deberá subir del 5% al 7% a partir de setiembre. La Resolución 295 se fundamenta en la Ley de Abastecimiento, cuya vigencia está cuestionada por Shell en la Justicia. Esa ley -la 20.680, de 1974- debería ser aplicada previa intervención del Congreso, una vez que venzan las facultades delegadas el próximo martes 24.


Sin embargo, parece difícil que el Parlamento se ocupe específicamente de este tema para revocar la resolución, debido al alto impacto mediático que tuvieron las subas en los combustibles en los últimos meses. La norma, firmada por el secretario Guillermo Moreno, se fundamenta en la necesidad de “preservar el abastecimiento†y asegurar “precios razonables en los hidrocarburos y sus derivados†para evitar “el quiebre de la proporcionalidad con la realidad económicaâ€. Añade que, “en los últimos tiempos, los combustibles han experimentado sostenidos aumentos, causando estas alzas efectos perjudiciales para los diferentes sectores de la economíaâ€. No obstante, la norma convalida todos los ajustes realizados hasta el 30 de julio, lo que demostraría que también para el Gobierno ya se llegó a un punto de relativo equilibrio.


Según los considerandos, la Ley 20.680 es aplicable, porque “el mercado de combustibles se halla destinado a satisfacer necesidades comunes o corrientes de la poblaciónâ€. La resolución establece, además, normas sobre los combustibles, de modo que las empresas productoras de éstos “deberán cubrir de forma razonadamente justificada, con los precios vigentes al 31 de julio, el total de la demanda de combustiblesâ€. Establece también la obligación de respetar “como mínimo los volúmenes abastecidos en igual mes del año anterior, más la correlación positiva existente entre el incremento de demanda combustible y el incremento del PBIâ€. Con este último aspecto, el Gobierno extiende los alcances de la Resolución 25 de 2006, referida al gasoil, también a las naftas. Por otra parte, la norma determina que cada parte podrá denunciar ante la Dirección de Lealtad Comercial el incumplimiento de lo dispuesto, en cuanto a precios y volúmenes entregados.

Fuente: Ãmbito Financiero

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