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Offshore en Mar del Plata: Justicia confirm贸 habilitaci贸n para la exploraci贸n s铆smica

26/01/2023 | HIDROCARBUROS | Noticias Destacadas | 569 lecturas | 0 Votos



La nueva decisi贸n fue dada a conocer por los jueces Jim茅nez y Bibel lo que permitir谩 que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospecci贸n sobre el Mar Argentino y conocer si hay hidrocarburos en la zona CAN 103.




La C谩mara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consider贸 inadmisible los recursos extraordinarios con los que las ONG ambientalistas buscaron cancelar la exploraci贸n petrolera, por lo cual reconfirm贸 la habilitaci贸n de la exploraci贸n s铆smica a m谩s de 300 kil贸metros de la costa de Mar del Plata que ya hab铆a habilitado el 5 de diciembre pasado, informaron ayer fuentes judiciales. 

La nueva decisi贸n fue dada a conocer por la ma帽ana por los jueces Eduardo Jim茅nez y Bernardo Bibel -convocados en medio de la feria judicial- lo que permitir谩 que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospecci贸n sobre el Mar Argentino y permitir谩 conocer si hay hidrocarburos en la zona CAN 103. 

Seg煤n estiman las empresas que est谩n involucradas en la exploraci贸n de la cuenca, Equinor, YPF y Shell, el yacimiento podr铆a generar exportaciones anuales por m谩s de u$s20.000 millones. Hasta el momento llevaban invertidos en el proyecto u$s100 millones. A fines de diciembre las organizaciones presentaron un recurso extraordinario al considerar que la sentencia tenia potencial de efectos definitivos, y en el escrito presentado por las ONG se expresaba: 鈥淓stamos ante la eventual provocaci贸n de un da帽o en el medioambiente de insusceptible reparaci贸n ulterior, por lo que la resoluci贸n resulta equiparable a sentencia definitiva鈥. 

A pesar de ello, la C谩mara resolvi贸 rechazar los recursos de los ambientalistas, y se帽alar que la decisi贸n de dejar sin efecto la medida cautelar que fren贸 la actividad durante el a帽o pasado 鈥渘o constituye un fallo de car谩cter definitivo ya que se trata justamente de una cautelar y no de una resoluci贸n de fondo en el marco del amparo鈥. 鈥淣o cabe ninguna duda de que, a煤n luego de dictada la resoluci贸n recurrida, el derecho de fondo que se discute y no deja de ser litigioso, y la cuesti贸n abordada podr谩 reeditarse ante eventuales nuevos fundamentos鈥, se帽al贸 la C谩mara en su resoluci贸n, y expres贸 que 鈥渓os recursos planteados por las ONG ambientalistas no re煤nen los 鈥渞equisitos m铆nimos y b谩sicos鈥 para ser analizados por el tribunal superior (Corte Suprema de la Naci贸n). 

En diciembre la C谩mara consider贸 que tanto el Gobierno nacional como Equinor cumplieron con los requisitos que le hab铆an sido requeridos, y revoc贸 parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Mart铆n.

Fuente: Ambito Financiero

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