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Recortan los alcances del régimen jubilatorio diferencial para petroleros

18/03/2019 | ARGENTINA | Actualidad | 1133 lecturas | 0 Votos



El personal petrolero que realiza tareas en boca de pozo cuenta desde 1974 con un régimen jubilatorio diferencial que les permite retirarse con 50 años de edad y 25 años de aportes.




En septiembre de 2015 el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner había ampliado ese beneficio también al personal de apoyo que realiza tareas administrativas, de mantenimiento y servicios. Sin embargo, el pasado 12 de marzo el Ministerio de Desarrollo Social dio marcha atrás al modificar la resolución de 2015 y explicitar que el personal de apoyo solo será abarcado en caso de estar expuesto a los mismos riesgos que los trabajadores que se desempeñan en boca de pozo. 

Lo que aún resta definir es que hará la Anses con cerca de 700 casos en los que personal de apoyo había solicitado la jubilación diferencial entre septiembre de 2015 y diciembre de 2018. El miércoles 27 de marzo Stanley, el ministro de Trabajo Dante Sica y los sindicatos petroleros se reunirán para tratar el tema. El decreto 2136 de diciembre de 1974 otorgó el régimen jubilatorio diferencial a los petroleros que se desempeñan habitual y directamente en actividades de exploración petrolífera o gasífera llevada adelante en campaña y aquellos que prestan tareas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos por considerar sus actividades como penosas, riesgosas, determinantes de vejez o agotamiento prematuro.

En 2015 la Cámara de Explotación y Exploración de Hidrocarburos, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles y el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa le solicitaron al Ministerio de Trabajo que precise y especifique los alcances del decreto 2136/74. El problema había surgido porque las actividades y tareas abarcadas dentro de los trabajos mencionados estaban definidas de manera genérica y el paso del tiempo obligaba a ser más precisos, teniendo en cuenta la incorporación de nuevas denominaciones para muchas tareas del proceso productivo.

Como parte de esas precisiones y especificaciones que introdujo el Ministerio de Trabajo a través de la resolución 897/15, en el artículo 4 se aclaró que el personal que realiza tareas auxiliares y complementarias, formando parte de los procesos de exploración y explotación petrolífera y gasífera, tales como las de carácter administrativo, de mantenimiento o de servicios, y que desempeñe dichas tareas en forma exclusiva, normal, habitual con dedicación y afectación directa y principal, podrá considerarse comprendido dentro del alcance del Decreto N° 2136/74, en la medida que se acrediten los extremos exigidos en cada caso particular.Entre septiembre de 2015 y diciembre de 2018 se presentaron cerca de 4000 solicitudes de jubilación por el régimen especial, pero Anses solo le dio curso a 3300. 

Las otras 700 no fueron otorgadas porque Anses cuestionó las ampliaciones de la resolución 897/15. El 12 de marzo el Ministerio de Desarrollo Social que conduce Carolina Stanley sacó la resolución 164/19 donde dio marcha atrás con los cambios introducidos en 20115 con respecto al personal de apoyo, pero aún no está claro que va a pasar con los 700 trabajadores que solicitaron su jubilación mientras la resolución 897/15 estaba vigente. Desde los gremios reclaman que se les de luz verde a esas jubilaciones.

Con esa agenda, Stanley y Dante Sica, ministro de la Producción, recibirán el próximo miércoles 27 de marzo a Guillermo Pereyra, secretario del sindicato de petroleros privados de la cuenca Neuquina, y al resto de los líderes gremiales de la industria hidrocarburífera en la Casa Rosada para discutir cómo se implementará la resolución. 

Fuente: Econojournal

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