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El gobierno asumió oficialmente la deuda con las productoras de gas provocada por la devaluación

16/11/2018 | ARGENTINA | Ultimo momento | 642 lecturas | 85 Votos



La norma establece en su artículo 7 que el Estado Nacional asumirá el pago de las diferencias diarias acumuladas entre el valor del gas comprado por las distribuidoras y las tarifas vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019. Será en 30 cuotas mensuales con interés a pagar a partir de octubre de 2019.




El gobierno finalmente oficializó que el Estado Nacional se hará cargo de la deuda que las distribuidoras de gas mantienen con las productoras de hidrocarburos por no haber podido trasladar a las tarifas el impacto que provocó la devaluación. El decreto 1053 publicado hoy en el Boletín Oficial establece en su artículo 7 que se asumirá con carácter excepcional el pago de las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las distribuidoras y las tarifas vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019. Será en 30 cuotas mensuales y consecutivas con interés a pagar a partir del 1 de octubre de 2019. Por lo tanto, el monto deberá ser afrontado por el próximo gobierno. La deuda acumulada con las productoras solo entre abril y septiembre ronda los 400 millones de dólares.

El secretario de Energía, Javier Iguacel, había resuelto el 5 de octubre a través de la resolución 20/18 que a partir de enero los usuarios del servicio de gas natural deberían cancelar en 24 cuotas con interés el importe acumulado por las diferencias registradas, a partir de la suba del dólar, entre lo que pagó cada distribuidora y lo establecido en el acuerdo de suministro firmado con las productoras para el período abril-septiembre. La decisión provocó un escándalo político y el gobierno se vio forzado a dar marcha atrás con la medida el 10 de octubre y aseguró públicamente que el dinero saldría de las arcas del Estado. Sin embargo, desde entonces no había habido más novedades.

EconoJournal publicó el martes que distribuidoras y productoras de gas le habían hecho llegar al gobierno su malestar por la falta de definición sobre el tema. La Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos incluso le envió una carta a Hacienda pidiéndole una definición por los problemas jurídicos y financieros que provocaba esa incertidumbre. De hecho, Naturgy, el nuevo nombre de la rebautizada Gas BAN, la segunda distribuidora del mercado, sorprendió el viernes pasado al pedir a la Bolsa una prórroga de siete días corridos para presentar los resultados del tercer trimestre y de los nueve primeros meses del año. En su nota hizo referencia a la “situación de incertidumbre” generada luego de que fuera revocada la resolución 20 de la Secretaría de Energía. La empresa informó que su deuda asciende a 4.907 millones de pesos que “tienen una relevancia significativa en los estados financieros”.

En respuesta a los reclamos empresarios, el gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 1053 con la firma del presidente Mauricio Macri. En el artículo 7 se aclara que el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) “determinará, conforme a lo previsto en el punto 9.4.2.5 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas, aprobadas por el Decreto Nº 2255 del 2 de diciembre de 1992, para cada prestadora y considerando los proveedores adheridos a este régimen, el monto neto correspondiente a las diferencias diarias acumuladas (entre el 1 de abril de 2018 y 31 de marzo de 2019)”.

Luego agrega que el monto se transferirá a cada prestadora en 30 cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. Para determinar esas cuotas, se utilizará la tasa efectiva del Banco Nación para depósitos en pesos a 30 días de plazo.

“Una vez percibida cada cuota, las prestadoras realizarán inmediatamente los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el Enargas”, aclara el decreto.

Por último, se explicita que lo establecido en el artículo 7 “resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las diferencias diarias acumuladas referidas”.

Fuente: Econojournal

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