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Gas: trasladarán a tarifas costo financiero de distribuidoras

16/01/2019 | ARGENTINA | Noticias Destacadas | 1065 lecturas | 59 Votos



Los usuarios lo pagarán con los cuadros tarifarios del semestre siguiente, repitiéndose el mismo esquema que con las diferencias originadas en la devaluación de 2018.




Se sospechaba cuando se conocieron las bases del concurso que se realizará a mediados de febrero para que las distribuidoras adquieran en el mercado electrónico del gas, el producto que distribuirán a partir de abril. En las bases de la compulsa, el precio se fija en dólares, se factura en pesos dentro de los cinco días posteriores a la fecha de entrega y la factura vence a los 30 días. Pero como las distribuidoras cobran el gas a los usuarios a los 60 días de haberlo suministrado, hay un costo financiero por la diferencia de plazos que no pagarán las empresas sino los usuarios con las tarifas del semestre siguiente.

Así surge de la resolución 12 del Enargas publicada el lunes en la que se llama a una consulta pública que cierra el viernes de la semana entrante, para opinar sobre la metodología de traslado a tarifas del precio de gas y procedimiento para el cálculo de las diferencias diarias acumuladas.

Se trata del mismo tema que en noviembre obligó al Gobierno a dar marcha atrás con la resolución que trasladaba a los usuarios las diferencias originadas en la devaluación sobre el precio del gas utilizado en el invierno. Luego del fracaso político de la medida, el Estado quedó a cargo de la deuda que las distribuidoras tenían con las petroleras a través del decreto 1053.

En esa norma se estableció también que a partir del 1º de abril de 2019 las petroleras y las distribuidoras deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.

Ahora, al achicar el plazo de pago de distribuidoras a petroleras a 30 días en vez de 90 como hasta ahora, se busca acotar el impacto de una modificación en el tipo de cambio, pero el costo financiero de la medida se trasladará a los usuarios en los cuadros tarifarios del siguiente período semestral.

Según el documento sometido a consulta, se considerará satisfecho el requisito de pactar las mejores condiciones para la compra, si los contratos para adquirir el gas provienen de las subastas públicas realizadas en el mercado electrónico.

Para los contratos celebrados fuera de ese ámbito, el Enargas -a cargo de Andrés Chambouleyron- verificará que los precios se encuentren en torno del promedio ponderado de las transacciones pactadas en el mercado electrónico. Además, el organismo regulador definirá el tipo de cambio a considerar para el traslado a tarifas, utilizando el valor promedio del tipo de cambio vendedor del Banco Nación observado entre el 1 y el 15 del mes inmediato anterior.

A ese tipo de cambio y en pesos, las distribuidoras pagarán a las petroleras el gas comprado. Pero además está la cuestión de las diferencias diarias acumuladas entre el monto de compra diaria de gas y el monto de venta diaria por el componente gas, de acuerdo con el valor aprobado en el cuadro tarifario del período correspondiente.

Una vez obtenido el monto de diferencia mensual acumulado, éste se actualizará por la tasa efectiva del Banco Nación para depósitos en moneda local a 30 días, desde el momento del pago y hasta el último día hábil del mes anterior a la entrada en vigencia del siguiente período estacional. Este costo financiero se trasladará a los cuadros tarifarios del siguiente semestre.

Según el Enargas, “se incluirán todos aquellos descuentos y beneficios obtenidos por los prestadores que reduzcan el precio”. Y esto, de acuerdo con el organismo, “desde el punto de vista de los consumidores, implica compartir los beneficios del esfuerzo en la gestión de compra que realicen las distribuidoras”.

Fuente: Ambito Financiero

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