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Cómo determinar los precios de gas natural en el mercado argentino

18/09/2018 | ARGENTINA | Ultimo momento | 471 lecturas | 64 Votos



Texto de Charles J Massano, Consultor especializado en regulación de sspp y negocios con energía.




Los movimientos de precios relativos que resultan de un proceso inflacionario persistente de dos dígitos como el que nos afecta, deterioran las relaciones económicas básicas, y tornan las políticas regulatorias en fútiles, cuando no fueron diseñadas para resistir ese proceso.

Los movimientos de precios relativos que resultan de un proceso inflacionario persistente de dos dígitos como el que nos afecta, deterioran las relaciones económicas básicas, y tornan las políticas regulatorias en fútiles, cuando no fueron diseñadas para resistir ese proceso.

Es lo que ha pasado con los precios del gas natural en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).

Primero, las regulaciones directas impuestas por el ex MINEM en 2016 y 2017 y luego el “gran†acuerdo entre productores, distribuidoras y el Ministerio, probaron ser ineficaces para dar señales claras de precios, particularmente a los compradores del fluido. Y especialmente a aquellos que deben evaluar como afectaría el comportamiento futuro de esa variable a proyectos de inversión que fueren particularmente sensibles a la misma.

“Fijar†precios ha sido una elección que en 2016 la CSJ consideró no compatible con el mecanismo de “pass through†directo que las licencias (contratos de concesión) de las distribuidoras de gas establecen. Y por ello obligó a la realización de audiencias públicas, entre otros trámites y formalidades. Además, y al haberse determinado esos precios en dólares, ante un proceso devaluatorio de la moneda que ha sido muy importante en los últimos meses, aquél “sendero†de precios PIST en dólares establecido oficialmente, ha resultado de aplicación inviable.

No existe mecanismo capaz de evitar que un proceso de acomodamiento de precios relativos permanente, fogoneado por alta inflación y por una devaluación con fundamentos propios (distintos de la mera inflación y relacionados con la incapacidad del estado para afrontar los servicios de deuda externa como fue previsto al contratarla), afecte a los precios del gas en PIST.

Además; intentar satisfacer los requerimientos de los petroleros para obtener (i) altos precios en dólares garantizados por el estado, (ii) un ambiente de negociación controlado, (iii) contratos largos y (iv) efectiva libre disponibilidad, aún para exportar sin obligación de conservar las reservas y la capacidad de abastecimiento de la demanda interna; parecen, en conjunto, objetivos incompatibles con un proyecto de desarrollo económico de largo plazo, con base en la industrialización de recursos propios y niveles de empleo deseables.

La libre negociación de precios del gas y su libre disponibilidad, son instrumentos, y no objetivos, cuando el objetivo principal es el desarrollo nacional.

La competencia, cuando es tal, es una poderosa herramienta de asignación de recursos de manera eficiente. La libre negociación de gas en PIST puede tener esas características.

Dejar que el mercado y una herramienta que propenda la efectiva competencia hagan esa tarea, evitaría el desatino de pretender asignar los recursos dedicados a producir y utilizar ese recurso energético, escuchando meramente argumentos de quienes lo venden, que pretenden que el estado y la demanda acepte lo que alegan son sus costos de producción, sin que exista la posibilidad real de que esos agentes accedan y procesen de forma eficiente una información que siquiera los propios productores conocen acabadamente. (...)

Fuente: Econojournal

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