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Misiones propone crear un fondo para el desarrollo del gasoducto del Nea

22/04/2022 | GAS | Noticias Destacadas | 749 lecturas | 89 Votos



El proyecto ingres贸 al Congreso nacional, lleva la firma del diputado misionero Diego Sartori: "Proponemos es que las provincias que se benefician desde hace a帽os con el gas natural, puedan ayudar a los que no cuentan con dicha ventaja".




El legislador nacional del Frente de la Concordia Misionero Diego Sartori explic贸 que a partir de una idea del presidente de la C谩mara de Representante Carlos Rovira, m谩s el trabajo del gobernador Oscar Herrera Ahuad, conjuntamente con el equipo del ministerio de Hacienda liderado por Adolfo Safr谩n se dise帽贸 un proyecto de ley para la creaci贸n de un fondo , 鈥渜ue permita financiar la construcci贸n de obras de infraestructura necesarias a fin de hacer llegar a Misiones y distribuir internamente dentro de la misma la red de gas natural鈥. 

El fondo permitir铆a tambi茅n, 鈥渇inanciar el proceso de elaboraci贸n de pliegos y llamado licitaci贸n de los contratos de obras de conexi贸n al gasoducto operado por Transportadora de Gas del Norte, la construcci贸n de gasoducto troncal y la red domiciliaria, as铆 como del contrato de operaci贸n de la citada red de gas natural dentro de Misiones en caso no existir operador designado a la fecha de sanci贸n de la presente ley鈥. 

Otro aspecto que se incluye en el proyecto de ley, es la creaci贸n 鈥渄e un Fondo Compensatorio mediante el cual se otorgue un precio diferencial para el gas licuado (GLP) en envases para la provincia de Misiones, por no contar con red de gas natural a fin de que 茅sta soporte un costo equivalente al de las jurisdicciones que cuentan con dicha red鈥. Desde el bloque misionero en el Congreso proponen que 鈥渆l fondo creado se integrar谩 con un cargo tarifario espec铆fico del seis por mil (6鈥) sobre la base de los consumos facturados por las distribuidoras y por las comercializadoras de gas natural por red, a los usuarios industriales, comerciales y residenciales de conformidad a los cuadros tarifarios plenos establecidos por el Enargas鈥. 

En declaraciones a medios provinciales Sartori dijo que 鈥渓os cargos referidos no constituir谩n ni se computar谩n como base imponible de ning煤n tributo de origen nacional鈥. 鈥淟os cargos espec铆ficos se mantendr谩n vigentes hasta que se hayan concluido las obras de tendido de red de gas natural que asegure el suministro de gas natural a industrias, comercios y residencias en Misiones, siendo el Enargas y la autoridad competente de Misiones las que determinen la conclusi贸n de la obra鈥. 

Fideicomiso En el proyecto de ley tambi茅n se expone que 鈥渓as firmas o sujetos habilitados para operar como distribuidoras y comercializadoras de gas natural a los usuarios en todo el territorio nacional, en cada caso facturar谩n y percibir谩n los cargos espec铆ficos mencionados, por cuenta y orden de un Fideicomiso creado y deber谩n incluirlos, en forma discriminada, en la factura o documento equivalente que emitan por los servicios que prestan, debiendo depositar lo recaudado en el fideicomiso respectivo, en el tiempo y forma que la reglamentaci贸n indique鈥. 

Se帽alan a la Secretaria de Energ铆a dependiente del Ministerio de Econom铆a como la encargada de celebrar un contrato de fideicomiso cuyo objeto ser谩 la recepci贸n de los recursos y su aplicaci贸n. Se encargar谩 de la cancelaci贸n de los certificados de obra en favor de las contratistas adjudicatarias , por la expansi贸n de los ramales de transporte, distribuci贸n y redes de gas natural domiciliaria hasta la Provincia de Misiones y su distribuci贸n interna. Tambi茅n se encargar谩 de la elaboraci贸n de los pliegos para la adjudicaci贸n del contrato de operaci贸n de la red de gas natural dentro de Misiones; y los pagos por el otorgamiento de precios diferenciales para los consumos residenciales, comerciales e industriales del gas licuado de petr贸leo envasado, hasta tanto esta Provincia acceda a redes de gas natural. 

El fideicomiso, de acuerdo a lo que se solicitan mediante el proyecto de ley, recibir谩 recursos de los cargos tarifarios espec铆ficos a pagar por los usuarios de los servicios; los fondos que por Ley de Presupuesto se asignen; los recursos que se obtengan en el marco de programas especiales de cr茅dito que se acuerden con los organismos o instituciones pertinentes, nacionales e internacionales; y los aportes no reintegrables efectuados por Estado Nacional, Provincias y/o Organismos Internacionales. De aprobarse la ley, ser谩 la Secretar铆a de Energ铆a de la Naci贸n quien reglamente la constituci贸n y funcionamiento del Fondo creado, como as铆 tambi茅n el fideicomiso.

Fuente: Ambito Financiero

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