
El sector deberá pagar cinco años más las retenciones a las exportaciones que se aplicaron en 2002 y que el gobierno de Néstor Kirchner modificó en 2004 y 2007.
El bloque del FpV y sus aliados consiguieron la media sanción al proyecto de Presupuesto 2012, que prevé gastos por $506.562 millones y un paquete de leyes complementarias con repercusión en las finanzas públicas (con las que el Tesoro Nacional obtendría $60.000 millones).
Además de las retenciones a la exportación de hidrocarburos, en nueve horas los diputados dieron aval al Presupuesto (141 votos afirmativos contra 103 negativos) y a las prórrogas al impuesto al cheque (por dos años), al gravamen a los paquetes de cigarrillos (por un año) y a la ley de Emergencia Económica (por dos años). “La medida que se propicia encuentra sustento en el hecho de que los recursos fiscales originados en los derechos de exportación de hidrocarburos son de decisiva importancia para el mantenimiento del superávit fiscal, pilar básico para el sostén del actual modelo económico”, argumenta el proyecto enviado por el Ejecutivo nacional.
Además, la medida pretende establecer un equilibrio entre los precios internacionales y los precios internos. Vale recordar que este impuesto al sector de los hidrocarburos surgió en 2002 y que después el ex presidente Néstor Kirchner lo modificó en dos ocasiones. En mayo de 2004, su gobierno incrementó esas retenciones en un 25% y llegaban al 45% si el barril WTI superaba los US$45. En noviembre de 2007, a través de la Resolución 394/2007 de la Secretaría de Energía, se reguló el precio del barril en US$42 ante las quejas del sector que veían crecer el precio internacional del commodity.
El artículo 1 de la Ley establece: “Prorrógase por el término de cinco (5) años, a partir de su vencimiento, el derecho a la exportación de hidrocarburos creado por el segundo párrafo del Artículo 6 de la Ley 25.561 y sus modificatorias y complementarias, como así también las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Nacional para establecer las alícuotas correspondientes, atribuciones éstas que podrán ser delegadas en el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”. Aquel artículo seis de la Ley de Emergencia Económica dice: “El Poder Ejecutivo nacional podrá establecer medidas compensatorias que eviten desequilibrios en las entidades financieras comprendidas y emergentes del impacto producido por las medidas autorizadas en el párrafo precedente”.
Fuente: El Patagónico
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