
La Secretaria de Energía dispuso que se otorgará un tratamiento diferencial a los usuarios de gas de la categoría Servicio General “P”, que estará conformada por todos aquellos que estén registrados y en el Registro de Empresas MiPyMES que lleva la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía. Se estableció una serie de categorías para los beneficiarios de esos descuentos.
Y, por otro lado, se estableció el porcentaje de descuento aplicable a los usuarios residenciales. En ese sentido, se instruyó al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) para que releve la información del citado registro a efectos de determinar el universo de usuarios del Servicio General “P” alcanzados por la bonificación dispuesta. Así lo hizo a través de la Resolución 6/2023, que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
Para ese fin, el organismo deberá realizar los procesos necesarios ante la Subsecretaría de MiPyMES . Una vez solucionado ese procedimiento, la empresa Energía Argentina S.A. (ENARSA), instruirá a las empresas productoras y a las distribuidoras y/o subdistribuidoras de gas natural por redes que hayan celebrado contratos o acuerdos de abastecimiento en el marco del Plan Gas.Ar. (aprobado por el Decreto 892/2020 y modificado por el Decreto 730/2022) para que, en el plazo de cinco días corridos de la publicación de la presente, o el hábil siguiente, adecuen dichos instrumentos.
Así quedan establecidas las categorías Para los usuarios cuyos valores unitarios máximos y rangos de consumo se corresponden al de los usuarios de las subcategorías P1 y P2 del conjunto identificado como “Tarifa Servicio General P” , se dispuso una bonificación del 71,04% en los precios de los consumos a partir del primero de marzo. A eso se sumará, en algunos casos, un descuento del 4,29%.
Para los usuarios cuyos valores unitarios máximos y rangos de consumo se corresponden al de los usuarios de la subcategoría P3, la bonificación será del 77,21%, y del 88,65% a partir del primero de marzo y del primero de mayo, respectivamente. Algunos de eta categoría recibirán una bonificación 24,68% y del 62,49%. En tanto, en las subzonas tarifarias alcanzadas por las compensaciones tarifarias se aplicará a los usuarios cuyos valores unitarios máximos y rangos de consumo se corresponden al conjunto identificado como “Tarifa Residencial” una bonificación del 36,49% en los precios del gas desde marzo. Asimismo, se estableció que los beneficiarios de la Tarifa Social abastecidos por gas natural por redes tendrán una bonificación del 29,43% en los precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).
Fuente: Ambito Financiero
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