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Exploraci贸n petrolera en Mar del Plata: ratifican la cautelar que impide la actividad a 300 kil贸metros de la costa

19/10/2022 | OFFSHORE | Actualidad | 642 lecturas | 97 Votos



El Juzgado consider贸 que el informe presentado por el ministerio de Ambiente de la Naci贸n incumple con tres de los cinco recaudos que pidi贸 la C谩mara Federal de Apelaciones.




El Juzgado Federal N掳 2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Mart铆n,  mantuvo la medida cautelar que impide la exploraci贸n petrolera a 300 kil贸metros de la costa de Mar del Plata. El magistrado consider贸 que el ministerio de Ambiente de la Naci贸n incumpli贸 con tres de los cinco recaudos que pidi贸 el pasado 3 de junio la C谩mara Federal de Apelaciones para evitar da帽os ambientales mientras se desarrolle la actividad offshore. 

Al respecto, el juez Mart铆n argument贸 que las medidas tomadas por las autoridades del ministerio de Ambiente 鈥渘o est谩n acompa帽adas de un an谩lisis cient铆fico riguroso que 铆ndice la raz贸n de su eficacia鈥. Los puntos del fallo que impide la exploraci贸n petrolera El juez sostuvo en su fallo que uno de los recaudos faltantes en el informe presentado tiene que ver con la participaci贸n de la Administraci贸n de Parques Nacionales (APN) en la evaluaci贸n de los impactos ambientales y la necesidad de valorar y evaluar su opini贸n y dictamen. 

Mart铆n destac贸 la f alta de consideraci贸n del informe t茅cnico elaborado por la APN, especialmente en cuanto a la escasez de informaci贸n denunciada y a las recomendaciones hechas en ese dictamen sobre los posibles varamientos de la ballena franca austral. Adem谩s, y seg煤n explica en el dictamen presentado este martes el titular del Juzgado Federal N潞2, no hay datos sobre la evaluaci贸n de los impactos ambientales relacionados a todos los proyectos de exploraci贸n en curso. Para el juez, "las autoridades han tomado medidas que, si bien aparecen en principio como positivas y destinadas a evitar la generaci贸n de da帽os ambientales, no est谩n acompa帽adas de un an谩lisis cient铆fico riguroso que indique la raz贸n de su eficacia" . 

De esta manera, para la justicia resulta insuficiente el escrito presentado el pasado 5 de agosto por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci贸n, donde el gobierno garantiz贸 la presencia de la secretar铆a de control y monitoreo ambiental, que depende de esa cartera. Adem谩s, anunci贸 la conformaci贸n de una comisi贸n especial integrada por personal t茅cnico de diferentes 谩reas para que lleven a cabo ese control. El pedido del intendente de Mar del Plata La medida cautelar que mantuvo este martes el juzgado federal fue dictada por el mismo juez el 11 de febrero de este a帽o. 

La resoluci贸n se enmarc贸 en las presentaciones judiciales del intendente de General Pueyrred贸n, Guillermo Montenegro y la Organizaci贸n de Ambientalistas Autoconvocados contra la decisi贸n del Gobierno nacional de habilitar la campa帽a de adquisici贸n s铆smica offshore en las 谩reas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte, dispuesta por Resoluci贸n 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El 3 de junio, la C谩mara Federal de Apelaciones condicion贸 la continuidad del proyecto a distintos recaudos que, a entender del juez, todav铆a no fueron cumplidos en su totalidad. De esta manera, el magistrado determin贸 frenar las tareas de exploraci贸n por parte de la petrolera estatal noruega Equinor en el mar en busca de reservas de petr贸leo, hasta tanto se resuelva la cuesti贸n de fondo.

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