El distrito hab铆a llegado el jueves pasado a los 21 d铆as corridos sin nuevos casos de COVID-19, pero las autoridades del Comit茅 de Crisis decidieron esperar a que la Provincia anunciara el pase a la pr贸xima fase de la cuarentena, hecho que ocurri贸 en la v铆spera.
A instancias de lo resuelto, el intendente Carlos Bevilacqua emiti贸 el decreto municipal 645/2020, en el que dispuso:
1) Los residentes del partido de Villarino podr谩n desarrollar las siguientes actividades deportivas: ciclismo, running, paddle, tenis, pelota paleta, kite surf, canotaje, arquer铆a, remo, pat铆n, caminata, wind surf, nataci贸n en aguas abiertas y actividad ecuestre. En cada caso, deber谩n seguir los protocolos publicados en el sitio web del municipio (villarino.gob.ar).
2) Se habilitaron los servicios de comidas y bebidas para consumo en locales gastron贸micos en el partido de Villarino, bajo estricto cumplimiento del protocolo de gastron贸micos elaborado por la provincia de Buenos Aires y publicado en villarino.gob.ar. La actividad deber谩 desarrollarse respetando el l铆mite horario establecido de 8 a 24 y teniendo como clientes exclusivamente a residentes del partido de Villarino.
Estas disposiciones no ser谩n de aplicaci贸n para los hoteles debido al riego sanitario que conlleva la actividad y que se encuentran afectados al alojamiento de personas provenientes de otras jurisdicciones y exceptuadas de la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio.
鈥淒e acuerdo a c贸mo contin煤e la situaci贸n sanitaria en el distrito se ir谩n habilitando nuevas actividades. Por el momento, no estar谩n permitidas la reuniones familiares鈥, se aclar贸.
Tambi茅n se indic贸 que continuar谩 suspendido el servicio p煤blico de transporte de pasajeros interurbano, el turismo, el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades, el funcionamiento de gimnasios y espacios deportivos cerrados, y el funcionamiento de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes y cualquier espacio p煤blico o privado que implique la concurrencia de persona