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Una cautelar busca frenar el efecto domin贸 de la miner铆a en Salinas Grandes

18/12/2023 | MINERIA | Miner铆a | 1031 lecturas | 16 Votos



El Tribunal cancel贸 los plazos que hab铆a otorgado a la Comunidad El Angosto para que conteste los argumentos que presentaron el gobierno juje帽o y una minera. Se juega el inicio de la explotaci贸n de litio en el 煤nico humedal donde las empresas a煤n no lograron plantar bandera.




La Comunidad Aborigen El Angosto present贸 en octubre pasado un amparo ambiental ante el Juzgado Ambiental Civil de Jujuy cuestionando la legalidad del estudio de impacto que present贸 una empresa para acceder a la exploraci贸n del subsuelo en el 谩rea del expediente minero 94-B-2002. Por los demandados, la Comunidad Aborigen de Lip谩n busca legitimar el acuerdo que firm贸 en marzo 煤ltimo con el gobierno juje帽o - mientras Gerardo Morales era gobernador- autorizando el ingreso de esa minera al espacio denominado Mina Agonic. El pedimento minero se encuentra dentro del distrito El Moreno, no muy lejos de los parajes El Moreno y El Angosto, en el departamento Tumbaya.

Con el patrocinio de la abogada juje帽a Alicia Chalabe y la Fundaci贸n Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la medida cautelar busca evitar que se provoque un da帽o grave e irreparable al ambiente del humedal. Por ese motivo, la Comunidad plante贸 la nulidad de la concesi贸n sobre Agonic que otorg贸 el gobierno juje帽o a una empresa minera. 

El juez que tramita el amparo, Armando Puca, celebr贸 la primera audiencia el 1 de diciembre pasado. Asistieron de un lado el gobierno juje帽o, la empresa minera y la Comunidad de Lip谩n; del otro, la Comunidad El Angosto y sus representantes legales. Al concluir, el juez le otorg贸 a la Comunidad El Angosto diez d铆as h谩biles -que venc铆an este lunes- para presentar argumentos e informar novedades en relaci贸n a la presentaci贸n que realizaron las demandadas. 

Sin embargo, el 5 de diciembre inform贸 a las y los demandantes que hab铆a decidido suspender hasta nuevo aviso el tiempo que les hab铆a otorgado para contestar lo planteado por los demandados. "Ampliar el plazo", respondieron los representantes legales de El Angosto, "implicar铆a una vulneraci贸n a los principios de preclusi贸n, congruencia e igualdad que deben regir en todos los procesos judiciales". Por lo tanto, el Juzgado Ambiental juje帽o estar铆a violando la garant铆a del debido proceso consagrado en el art铆culo 14 de la Constituci贸n Nacional; el 29 de la Constituci贸n de Jujuy reformada, y tambi茅n el 8 de la Convenci贸n Americana de Derechos Humanos. FARN y Chalabe recordaron en la demanda que "los impactos de la actividad exploratoria no (fueron) debidamente estimados ni cuantificados" en el estudio que present贸 la minera, y la empresa no inform贸 con precisi贸n la localizaci贸n de los pozos exploratorios.

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