
La petrolera estatal le informó a la Bolsa que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal falló en su contra.
El miércoles, la Cámara ratificó el fallo de primera instancia que condena a YPF a pagar US$ 231 millones más intereses por daños y perjuicios desde el 4 de abril de 2013 y la obliga de abonar facturas impagas por una suma a ser determinada por los peritos en la etapa de ejecución de sentencia.
El fallo también dispone que la tasa de interés aplicable deberá reducirse del 6% al 4% anual (en dólares) y que la petrolera deberá pagar las costas del juicio de alzada.
El fallo responde a una demanda presentada por TGN en la que sostenía que YPF incumplió un contrato de transporte de gas en firme destinado a la exportación.
La petrolera no utilizó la capacidad de transporte contratada para exportar gas a la brasileña AES Uruguaiana por hasta 2,8 millones de metros cúbicos diarios (MMm3/d) porque tuvo que priorizar la demanda local y cortó las exportaciones en 2004.
YPF dejó de pagar por la disponibilidad del gasoducto en 2007, a pesar de que el contrato seguía vigente.
La demanda que le inició TGN a YPF por facturas impagas corresponde al período comprendido entre el 1° de febrero de 2007 y el 16 de diciembre de 2010. En ese año, TGN da por finalizado el contrato por culpa de YPF y en 2012 (año de la nacionalización de YPF) inicia una demanda por daños y perjuicios.
Según YPF, TGN fue la que no cumplió con el contrato en los términos previstos por “imposibilidad de cumplimiento, a raíz del dictado de las normas de emergencia energética. Por ello, y ante la imposibilidad de exportar, la petrolera interpretaba que correspondía aplicar una tarifa en pesos.
Ahora, a la compañía estatal solo le queda recurrir a la Corte.
"La Sociedad interpondrá los recursos legales a los que tiene derecho en los plazos correspondientes” dijo la petrolera.
Fuente: Clarín
892 lecturas | Ver más notas de la sección Actualidad