
También deberán detallar el número o Ãndice de octano y el contenido máximo de azufre. La medida se dispuso a través de la resolución 553/2023 firmada por la secretaria de EnergÃa, Flavia Royón. Según indicaron, tiene el objetivo de brindar información precisa a los consumidores .
Para ello, incorporarán «la leyenda en surtidores de la información correspondiente a los productos que se expenden en los mismos «, se lee en el escrito. Los surtidores de naftas y de gasoil de todas las bocas de expendio que operen en el paÃs «deberán exhibir en forma perfectamente visible una leyenda con la indicación del número o Ãndice de octano, y del contenido máximo de azufre, respectivamente, o la clase a la cual pertenecen los productos que aquellos despachan», indica. También será obligatorio que indiquen «el porcentaje legal vigente de participación de los biocombustibles en las respectivas mezclas «. Este artÃculo se agregará a la Resolución N° 1.283 del 6 de septiembre de 2006.
La resolución contemplaba incorporar la leyenda «Alconafta» si se comercializaban naftas con más de 2,7% en peso de oxÃgeno. Esta mezcla contemplaba un 15% de alcohol, lo que terminaba en problemas mecánicos. Por eso se dejó de utilizar. Según la resolución, los que sean 100% de origen biológico debÃan indicarse como «Biodiesel» , mientras que los que mezclen biodiesel con gasoil o diesel oil en más del 5% era necesario una leyenda con el nombre «Gasoilbio» junto con el porcentaje en volumen de biodiesel en la mezcla.
Ahora esa información debe completarse con los cortes actuales para las mezclas. La norma de 2006 establece que las personas fÃsicas u operadoras de las bocas de expendio « serán sometidas a controles aleatorios de muestras de combustibles por parte de la autoridad competente a los efectos de verificar el cumplimiento de las normas vigentes». En caso de registrarse inclumplimiento entre la iformación brindada y la composición del combustible se aplicarÃan sanciones. Ante reiteradas faltas está previsto que se suspendan los registros correspondientes. Si siguen sucediendo, según la gravedad del incumplimiento, se sancionará «con exclusión definitiva de los registros y su consecuente declaración de clandestinidad «, se lee.(...)
Fuente: Diario RÃo Negro
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