La decisi贸n obedec铆a a que por entonces se encontraba en proceso de elaboraci贸n el proyecto de decreto reglamentario de la actividad minera. Recientemente sancionado -bajo el n煤mero 5772-P-2010-, el decreto tiene por objeto reglamentar la Ley 5.063 General del Medio Ambiente de Jujuy, en concordancia con los preceptos contenidos en la Ley Nacional 24.585 de Protecci贸n Ambiental para la Actividad Minera incorporados al C贸digo de Miner铆a de la Naci贸n y sus decretos reglamentarios, adem谩s de los principios establecidos por la Ley 25.675 de Pol铆tica Ambiental Nacional, dentro del marco de las Constituciones Nacional y Provincial y el Convenio 169 de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo. En el actual contexto, mediante la flamante Resoluci贸n 005-2010 la Direcci贸n de Miner铆a indic贸 que corresponde, por un lado, solicitar la designaci贸n de representantes permanentes (titular y suplente o alterno) para la conformaci贸n de la UGAMP y, por otro, confeccionar un reporte con la totalidad de los Informes de Impacto Ambiental presentados a fin de implementar un cronograma de evaluaciones pertinente. En ese sentido, juzg贸 necesario establecer la metodolog铆a de aplicaci贸n de los procedimientos previstos en la vigente normativa.
Fuente: El Inversor En茅rgetico & Minero
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