El llamado est谩 relacionado con los dictados de la Ley N潞 26.546 - Art. 29, referida al presupuesto de gastos y recursos de la Administraci贸n Nacional para el ejercicio 2010, que eximi贸 del Impuesto sobre Combustibles L铆quidos y el Gas Natural, previsto en el T铆tulo III de la Ley 23.966 y sus modificatorias, del Impuesto sobre el gasoil destinadas a compensar los picos de demanda del mismo. La exenci贸n, dispone la convocatoria, ser谩 procedente mientras la paridad promedio mensual de importaci贸n del gasoil o diesel oil sin impuestos, a excepci贸n del Impuesto al Valor Agregado, no resulte inferior al precio a salida de refiner铆a de esos bienes.
La asignaci贸n de Cupos se realizar谩 de acuerdo al siguiente mecanismo: a) Aquellos interesados que adhieran a los programas y/o planes que en materia energ茅tica propicie el Estado Nacional. b) Las empresas refinadoras, los operadores de una red de comercializaci贸n de combustibles que no posean facilidades de refinaci贸n y cualquier otro interesado. Energ铆a informar谩 luego a cada empresa postulante el volumen de producto que le corresponde. Las empresas deber谩n declinar expresamente la asignaci贸n de cupos mediante nota formal suscripta por un representante legal, dentro de los 5 d铆as h谩biles de recibida la notificaci贸n respectiva.
La declinaci贸n podr谩 hacerse por el total del volumen distribuido o por una fracci贸n del mismo. Los operadores deben acercar sus propuestas mediante sobre cerrado antes de la 14:00 horas del viernes, con la referencia 鈥淎signaci贸n de Cupos para Importaci贸n de Gasoil Ley 26.546鈥, sita en la Av. Paseo Col贸n N潞 171, 5潞 piso, oficina 503, Ciudad de Buenos Aires. En el caso que las ofertas resulten inferiores al cupo ofrecido, la Secretar铆a de Energ铆a podr谩 asignarlo de oficio a ENARSA.
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