En principio, propone que se modifique el articulado de la Ley 1.451 para que se determine que la autoridad de aplicación para el cobro de este canon sea la SubsecretarÃa de Medio Ambiente. Luego, el legislador pide que se modifique el ArtÃculo 107 de la citada ley para establecer las tasas por “el uso del agua pública, sus playas y lechos; a los servicios que preste y a la construcción y mantenimiento de las obras hidráulicas que sirvan a los usuarios del agua pública de superficie, reservorios o de otro carácterâ€.
Determina, entonces, que “la base del canon se establece en 10 módulos por metro cúbico de aguaâ€. Cabe acotar que el módulo equivale al precio de un litro de gasoil establecido en RÃo Gallegos. En la actualidad, las operadoras petroleras –y también las mineras- pagan 2,40 por metro cúbico, superando el consumo en diez mil metros cúbicos la tasa se reduce a 0.80 por unidad. “Mientras más sacan menos le cobramos, esa es la razón fundamental de mi proyectoâ€, dijo Contreras.
Contreras, asimismo, añade en su proyecto que la mencionada SubsecretarÃa “podrá imponer tasas o gravámenes en función de la calidad y cantidad de material contaminante que los usuarios viertan en los cursos o depósitos de aguaâ€. La futura autoridad de aplicación, según los considerandos del proyecto, tendrá “la facultad para establecer nuevo precio para el metro cúbico de agua que se extrae de los acuÃferos superficiales y reservorios subterráneos, que es captada a través de pozos en diferentes zonas y que se utiliza en la actividad petrolera y mineraâ€.
PLAN
En el marco de estas consideraciones, Contreras sugirió que se establezca un plan a largo plazo, podrÃa ser de un año, “para que las empresas sustituyan la utilización del agua potable de consumo humano en la actividad petrolera y mineraâ€. “Las actividades petrolera y minera han utilizado agua para su desarrollo, pero hoy es necesario prever que el consumo sea racional y equilibrado para garantizar la sustentabilidad del recurso hÃdrico para las futuras generacionesâ€.
“Creemos que las medidas han sido insuficientes para regular el control del recurso hÃdrico, para ello es necesario aplicar medidas conducentes que resguarden las reservas de las cuencas acuÃferas de la Provinciaâ€, consideró el Vicepresidente primero de la Legislatura. Contreras, por último, recordó que actualmente es el Consejo Agrario la autoridad de aplicación, que delegó esta función en la Dirección de Recursos HÃdricos.
Esta área gubernamental dictó la Disposición 003/03, que establece procedimientos para la captación de agua y que, en cada pozo de extracción de agua, debe colocarse un caudalÃmetro para el control de la cantidad de agua que se extrae. “Algo que no todas las empresas cumplenâ€, dijo Contreras. Por eso, para el Diputado “es importante que el Estado santacruceño avance con medidas concretas que garanticen la existencia de los acuÃferos y el cuidado de los recursos naturales, tal como lo dicta la Constitución Provincial en sus ArtÃculos 52 y 73â€.
Fuente: Prensa Libre Online
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