
Se trata de CAN-200, situada en la Cuenca Argentina Norte, y la medida tiene el fin de determinar el potencial de recursos energéticos en la Plataforma Continental Argentina. La medida fue publicada en el BoletÃn Oficial a través del Decreto 590/2026, donde se le instruyó a la SecretarÃa de EnergÃa convocar un Concurso Público Internacional para la adjudicación de un permiso de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en el área.
Según dicta el comunicado, la iniciativa surgió del interés formulado por la empresa Challenger Energy Group PLC el 14 de febrero de 2025, donde detalló la ubicación geográfica del área y los aspectos generales del proyecto. CAN_200 abarca una superficie aproximada de 5.000 kilómetros cuadrados bajo jurisdicción nacional.
El procedimiento se fundamentó indicando que "resulta necesario y oportuno" continuar con las medidas tendientes a incrementar el conocimiento, la exploración y producción de las áreas offshore ubicadas en la Plataforma Continental Argentina. En ese sentido, se señaló las mismas se deben realizar "a través de inversiones efectivas en tareas de prospección sÃsmica y exploratorias en general, por empresas que cuenten con capacidad técnica y financiera para lograr el desarrollo de las cuencas marinas, que aporten tecnologÃa, equipos, maquinarias y demás inversiones necesarias en cada una de las áreas que se adjudiquen".
La convocatoria también se apoya en el reconocimiento internacional de los lÃmites de la plataforma marÃtima argentina, que incorporó más de 1.782.500 kilómetros cuadrados tras las recomendaciones de la Comisión de LÃmites de la Plataforma Continental de la ONU en 2016. Los términos de la licitación internacional En cuanto a las condiciones, los adjudicatarios que obtengan dicha concesión de explotación deberán abonar regalÃas sobre la producción, de acuerdo a lo indicado en la Ley 17.319.
Asimismo, el decreto autoriza cláusulas que establecen la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales. La norma aclaró, sin embargo, que esto no implica una renuncia a la inmunidad de ejecución de los bienes soberanos crÃticos, entre los que se encuentran las reservas del Banco Central, bienes de dominio público y aquellos que presten servicios públicos esenciales, asà como bienes militares, herencia cultural y activos protegidos por leyes de inmunidad soberana.
Fuente: Diario RÃo Negro
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