
YPF no podr铆a transferir a la Provincia inmuebles que no ser铆an de su titularidad. Tambi茅n vincul贸 su planteo con un reciente fallo de la Corte Suprema y con la discusi贸n por el pasivo ambiental.
La controversia por el convenio firmado entre la Provincia de Chubut e YPF sum贸 un nuevo planteo jur铆dico, que pone el foco en la propiedad de las tierras y los inmuebles que la petrolera ocup贸 durante d茅cadas en Comodoro Rivadavia.
El abogado Carlos Baumann elabor贸 un an谩lisis sobre esa cuesti贸n y lo present贸 ante la Fiscal铆a de Estado de Chubut. En di谩logo con Actualidad 2.0 , sostuvo que, seg煤n su interpretaci贸n, YPF nunca realiz贸 una expropiaci贸n de los terrenos sobre los que desarroll贸 su actividad en la ciudad, por lo que cuestion脙 鲁 que pueda considerarse propietaria de esos inmuebles y, en consecuencia, transferirlos a la Provincia.
鈥淓n mi concepto, el se帽or intendente est谩 en condiciones legales, constitucionales, de ocupar en forma inmediata sus propias tierras, porque YPF jam谩s inici贸 una acci贸n de expropiaci贸n鈥, afirm贸 Baumann.
El abogado explic贸 que su planteo se remonta a 1907, cuando el Estado nacional dispuso la afectaci贸n de tierras de Comodoro Rivadavia tras el descubrimiento del petr贸leo. Seg煤n su interpretaci贸n, en ese momento se trataba de tierras pertenecientes al entonces Territorio Nacional del Chubut y, por lo tanto, no existi贸 un proceso de expropiaci贸n que posteriormente hubiera transferido la propiedad a YPF.
La cuesti贸n adquiere relevancia porque YPF fue creada en 1922, es decir, despu茅s de aquella afectaci贸n inicial de las tierras. Baumann sostiene que la petrolera estatal primero y la actual YPF Sociedad An贸nima despu茅s desarrollaron su actividad sobre esos terrenos, pero sin que hubiera existido el procedimiento constitucional de expropiaci贸n que, a su criterio, era necesario para adquirir la propiedad.
鈥淟a expropiaci贸n est谩 en la Constituci贸n Nacional: se realiza por causa de utilidad p煤blica, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Este acto constitucional no existi贸鈥, argument贸.
El razonamiento de Baumann apunta directamente al acuerdo que la Provincia y YPF suscribieron en el marco del retiro de la compa帽铆a de la Cuenca del Golfo San Jorge y que fue aprobado por la Legislatura.
Si YPF no fuera titular de las tierras, sostiene el abogado, la petrolera no podr铆a transferir v谩lidamente a la Provincia bienes que en realidad pertenecer铆an al municipio de Comodoro Rivadavia.
鈥淵PF jam谩s expropi贸 las tierras del municipio aut贸nomo de Comodoro Rivadavia鈥, insisti贸 Baumann, quien considera que este punto deber铆a ser analizado por la Fiscal铆a de Estado antes de convalidar definitivamente la situaci贸n planteada por el convenio.
El planteo se suma as铆 a la controversia que ya hab铆a llegado a ese organismo a trav茅s de la presentaci贸n impulsada por el abogado constitucionalista Ra煤l Heredia y un grupo de profesionales, que cuestionan distintos aspectos del acuerdo, particularmente la cl谩usula vinculada con la responsabilidad por los pasivos ambientales.(...)
Fuente: ADN Sur
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