
Pueden participar los actores del mercado de hidrocarburos que estén inscriptos y habilitados por la dependencia oficial, que se comprometan a comercializar los productos a los precios locales o a consumir los mismos internamente. En este marco, el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas distribuirá el cupo conforme la reglamentación vigente. Asimismo, Energía informará a cada empresa postulante el volumen de producto que le corresponde de acuerdo a la evaluación realizada. Las beneficiarias deberán declinar expresamente la asignación de cupos mediante nota formal suscripta por un representante legal, dentro de los días hábiles de recibida la notificación respectiva.
La declinación podrá hacerse por el total del volumen asignado o por una fracción del mismo. Para aquellos operadores que no habiendo declinado expresamente la asignación y no cumplan, en forma manifiesta, con la importación de los volúmenes de los combustibles dentro del plazo comprometido, la Secretaría ponderará los incumplimientos, y podrá no considerarlos a los fines de futuras asignaciones.
Los operadores deben acercar sus propuestas mediante sobre cerrado antes de las 14:00 horas del día 14 de agosto de 2014, dirigidas a la Secretaría de Energía, con la referencia “ASIGNACIÓN DE CUPOS PARA IMPORTACIÓN DE GAS OIL/DIESEL OIL y/o NAFTAS – 2014”, sita en la Av. Paseo Colón Nº 171, 5º piso, oficina 503, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente: Surtidores
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