
La principal meta es la recontractualizaci贸n del sector entre generadores y el resto de los actores de la cadena (distribuidoras, grandes y medianas industrias y comercios), a la cual, habr铆a que considerar la contractualizaci贸n de la generaci贸n distribuida y de la ronda Renovar 3. La intenci贸n es que las nuevas normas entren en vigencia el 1潞 de febrero de 2019, en consonancia con la actualizaci贸n de las tarifas de gas para el segmento regulado de transporte y distribuci贸n.
La nueva regulaci贸n modificar谩 el formato de remuneraci贸n que reciben las centrales el茅ctricas. Un nuevo cambio en las reglas de juego en donde se reducir谩 la remuneraci贸n por disponibilidad de potencia que reciben los privados a fin de recortar los costos fijos del sistema. En otras palabras, una vez recuperada la disponibilidad del parque t茅rmico mediante el incentivo de la Resoluci贸n E 19/2017, se proceder谩 a realizar una transferencia de renta de los generadores menos eficientes hacia los de mejor performance, quitando incentivos fijos a la disponibilidad por otros de remuneraci贸n variable por energ铆a generada.
El cambio en la remuneraci贸n variable pretende apuntalar la eficiencia del sistema, e incentivar el reemplazo y/o desutilizaci贸n de m谩quinas viejas, las m谩s costosas del parque termoel茅ctrico y ampliamente amortizado en el sistema. Este cap铆tulo de transferencia de rentas, entre generadoras que se mantienen disponibles con las de remuneraciones fijas, preminentemente por su baja convocatoria, y aquellas que obtienen, adem谩s, un margen adicional con las variables de producci贸n no combustible ser铆a como establecer incentivos mediante nuevos precios premiados administrados y, por lo tanto, al ser nuevamente valores arbitrarios podr铆a darse un nuevo esquema de mecanismo anti-competencia.
Por otro lado, la intenci贸n de la normativa es tambi茅n contractualizar la energ铆a proveniente de las centrales hidroel茅ctricas, por ser las m谩s baratas del sistema. con inversiones amortizadas donde los costos por disponibilidad son pr谩cticamente fijos y no existen Costos Variables de Producci贸n (CVP) de combustible (agua, un m铆nimo valor por energ铆a operada por consumibles no combustible). Muchas usinas t茅rmicas est谩n tambi茅n en la condici贸n de inversi贸n de capital depreciada. En las regulaciones prexistentes al intervencionismo del a帽o 2003, se hablaba de un mercado en competencia, que algunos lo mencionaban como un mercado el茅ctrico econ贸micamente adaptado (adaptado se lo denomin贸 porque hab铆a volatilidad de disponibilidad de gas natural acotada solo en 45 d铆as al a帽o). Para las centrales hidr谩ulicas hab铆a declaraciones del valor del agua y hab铆a un reconocimiento de un valor que reflejaba los costos de operar y mantener una central hidroel茅ctrica que era de 2 d贸lares el MWh. No era un mercado econ贸mico, m谩s bien era un mercado con precios administrados, modelizados por la ecuaci贸n de Lagrange para optimizar el uso de combustibles con precios provenientes del mercado regulado del gas natural.
La resoluci贸n E19/2017 reconoce valores para reemplazar los valores de agua y de O&M, donde se segmenta por potencia instalada, pero sin la correlaci贸n correspondiente del volumen anual del agua, cuidado u mantenimiento del espejo del agua e infraestructura civil que el concesionario hidroel茅ctrico, est谩 obligado a mantener como asimismo la complejidad ambiental.
La implementaci贸n de un esquema marginalista para constituir un mercado spot administrado de la energ铆a, podr铆a ser un camino de transici贸n hacia otro de libre oferta y demanda, pero se seguir谩 con topes resultantes de un despacho ideal como si todo fuese generado con gas natural sesgado por la eficiencia tecnol贸gica de las centrales t茅rmicas. En la d茅cada de 1990, previo al intervencionismo, los precios del mercado spot eran correspondientes con los del despacho real. Sin embargo, no se trataba de un mercado spot econ贸micamente hablando o como lo marca la bibliograf铆a econ贸mica de Milton Friedman, Adam Smith y sus seguidores, sino de un mercado spot administrado donde hab铆a topes de precios resultantes de valores de referencia de los combustibles. Un reconocimiento del transporte del gas que identifica actualmente la tarifa regulada del servicio interrumpible de distribuci贸n o transporte de gas natural y costos de flete CIF sin los traslados internos para los combustibles l铆quidos.
El gobierno espera para el caso de las centrales t茅rmicas m谩s eficientes que operan con gas, recibir precios del orden de los 50-55 d贸lares por MWh con los nuevos cambios. La industria tambi茅n y se espera que se cumplan con los senderos de precios a la baja en el gas natural. (...)
Fuente: Econojournal
502 lecturas | Ver más notas de la sección Actualidad