
Si bien la redacción de la norma incluye también a las empresas eléctricas del interior, el mecanismo de compensación se circunscribirá a las dos distribuidoras del AMBA. El trasfondo judicial de la medida.
El artículo 74 del proyecto de Presupuesto habilita a la Secretaría de Energía a determinar los activos regulatorios en favor de Edenor y Edesur, a fin de que parte de ese dinero se utilice para cancelar deudas de las distribuidoras con Cammesa. Si bien la redacción de la norma incluye también a las empresas eléctricas del interior, el mecanismo de compensación se circunscribirá a las dos distribuidoras del AMBA. El trasfondo judicial de la medida.
El proyecto de Ley de Presupuesto 2026 que envío esta semana el gobierno al Congreso prevé la instrumentación de un mecanismo de compensación para las distribuidoras eléctricas que se hayan visto perjudicadas por las leyes de emergencia económica dictadas en los últimos 25 años.
El alcance de la medida —asentada en el artículo 74 del proyecto— habilita un revisionismo que podría requerir de una compleja negociación con las empresas del segmento de distribución. En los hechos, la norma instruye a la Secretaría de Energía a que determine los montos económicos que dejaron de percibir los privados por la decisión del Estado nacional de atrasar o congelar discrecionalmente las tarifas de electricidad desde que se sancionó por primera vez la Ley de Emergencia Económica en 2002, durante la gestión de Eduardo Duhalde, tras la caída de la Convertibilidad.
Lo que tendría que encarar la cartera que dirige María Tettamanti, en caso de que el Presupuesto se apruebe en el Congreso, es dictaminar lo que en la jerga eléctrica se conoce como los activos y pasivos regulatorios de cada distribuidora eléctrica; es decir, cuánto dinero perdieron o dejaron de cobrar las empresas por la decisión arbitral del Estado de no actualizar las tarifas eléctricas, incumpliendo, de ese modo, con las fórmulas de ajuste y actualización fijados en los contratos de concesión.
Sobre este punto, el artículo 74 sostiene que: “El Estado nacional, a través de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, en consulta con las Jurisdicciones provinciales y sus entes reguladores, determinará las diferencias de ingresos percibidos por las distribuidoras nacionales, provinciales y municipales con motivo de las leyes de emergencia dictadas en materia de tarifas eléctricas, correspondientes a cualquiera de los Ejercicios en los que hubiera estado vigente, comparados con los ingresos que les hubieran correspondido de haberse aplicado el correspondiente pliego de concesión”.
Si bien el texto incluye a las distribuidoras del interior del país, fuentes al tanto de la iniciativa aclararon a EconoJournal que, en verdad, la aplicación del mecanismo de compensación se circunscribirá a Edenor y Edesur, las únicas dos distribuidoras que siguen bajo la órbita del Estado nacional (el resto está en jurisdicción provincial). Para ingresar dentro del esquema, será condición necesaria que las distribuidoras hayan ingresado dentro del plan de regularización de deudas con Cammesa.
Fuente: Econojournal
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